ARTICULO 38: DE LA SECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS Y SOLIDARIDAD. 

Son funciones de esta Secretaría:

a) Establecer convenios de ayuda mutua con organizaciones del sector estatal que propenda por solucionar los asuntos que nos afectan y en particular la conservación integral total de los derechos humanos.

b) Desarrollar políticas que se articulen con las decisiones del congreso de la Central Unitaria de Trabajadores -CUT, y su Departamento de Derechos Humanos.

c) Elaborar Planes de Trabajo para brindarle la solidaridad a las subdirectivas y a nuestros hermanos de clase.

d) Fomentar en los afiliados el espíritu solidario con las luchas que se adelanten en defensa de los derechos reivindicativos de los afiliados al sindicato y organizaciones hermanas.

e) Realizar actividades de capacitación en derechos humanos en concordancia con las políticas de la Escuela Nacional político – Sindical de SINTRAUNICOL